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jueves, 23 de agosto de 2012
Consulta Vinculante IRPF
En
el año 2009, pese a tener firmado en convenio una subida salarial
anticipada del 2%, la empresa, incumple ese artículo y se denuncia
por parte de los trabajadores en el juzgado de lo social. Este
incumplimiento, afecta al año 2009, y mientras no se regularice, a
todos los meses de los años venideros. La empresa recurre la
sentencia, que se gana por parte de los trabajadores en primera
instancia y pasan los meses sin que se cobren dichos emolumentos. En
el año 2012, en la negociación de un nuevo convenio colectivo, en
un acta de la negociación, (12 de junio de 2012), se acuerda que la
firma del convenio, traerá consigo el pago de los mencionados
atrasos. Posteriormente, el día 14 de junio de 2012, recibimos una
notificación del Tribunal Supremo, en unificación de doctrina, en
la que se gana definitivamente el conflicto a favor de los
trabajadores y la sentencia adquiere firmeza. Aunque se recibe el
mencionado día, la sentencia tiene fecha de 10/05/2012, que es
anterior al posible acuerdo pactado en las actas de negociación del
convenio. En el texto definitivo de la firma del convenio a fecha
05/07/2012, aparece en uno de las cláusulas, lo siguiente:
“Séptima.-
Conflicto Colectivo
sobre aplicación IPC desde el año 2009 (PL 10604/09) del Juzgado de
lo Social de Algeciras.
Las
cantidades que puedan corresponder a cada trabajador se abonarán en
una sola paga el día 15 de noviembre de 2012.”
Los
atrasos que se han generado han sido desde el 01 de enero de 2009
hasta el 30 de junio de 2012, ya que, en esa fecha, la empresa ha
cerrado los importes correspondientes a cada trabajador, ha
regularizado los salarios conforme a dicha sentencia, y desde la
nómina de junio de 2012, no se van a generar más atrasos, sino que
se han actualizado las tablas salariales. El importe calculado desde
enero 2009 hasta junio 2012, se va a hacer efectiva en una única
paga el 15 de noviembre de 2012.
En
consecuencia: ¿Preguntamos?
- Pese al acuerdo en acta de negociación, posterior a la fecha de la firmeza de la sentencia, ¿los atrasos han de incluirse en el año en el que se pagan?, según especifica el artículo 14 de la Ley 35/2006, en sus apartados a y b, que establece lo siguiente: "Cuando no se hubiera satisfecho la totalidad o parte de una renta, por encontrarse pendiente de resolución judicial la determinación del derecho a su percepción o su cuantía, los importes no satisfechos se imputarán al período impositivo en que aquélla adquiera firmeza. O por el contrario, ¿hay que individualizar cada año y realizar las correspondientes declaraciones complementarias?
- Porcentaje de retención de estos atrasos, en función de la respuesta de la pregunta anterior.
- Posible aplicación a los mismos de la reducción del 40 por ciento del artículo 18.2 de la Ley del IRPF.
Atrasos Conflicto IPC
SECCIÓN SINDICAL UGT
ACERINOX EUROPA S.A.U.
ATRASOS
Ayer día 22-08-2012, la
Sección Sindical de UGT Acerinox Europa, se puso en contacto con la
Jefatura de Personal, para tratar el asunto de la paga
correspondiente a los atrasos de los ejercicios 2009, 2010, 2011 y
2012. Como sabéis esta paga va a ser satisfecha, según acuerdo
obtenido a la firma del convenio en el mes de noviembre de 2012. Como
el abono del mencionado importe puede suponer un incremento en las
retenciones, precisamente, en el último período del año, en el que
habrá que regularizar por imperativo legal, supondría para la mayor
parte de los trabajadores que su nómina del mes de diciembre, se
viese mermada por estos importes. Se pretende, que a partir de ya, la
empresa calcule el importe de las retenciones con los importes de la
paga de atrasos ya incluida, con lo cual, se distribuiría a lo largo
de varios meses el importe de estas retenciones, y sería menos
apreciable en el último mes del año.
Puestos en contacto con
la empresa, la Sección Sindical de UGT Acerinox Europa, ha
solicitado que estudien la posibilidad de introducir estos importes
en el cálculo de retenciones, ya, desde este mes, de forma que sea
menos gravoso repartirlo en los meses que quedan, incluido pagas
extras, que hacerlo en la última nómina del año. La empresa, está
realizando el cálculo individual de estos importes y, pondrá en
marcha lo solicitado.
En otro orden de cosas,
esta sección sindical está tratando de sacar un beneficio fiscal
del importe de estos atrasos. La Ley recoge varias situaciones sobre
el tratamiento fiscal de los mismos, que de cualquier manera puede
beneficiarnos, y realizar una menor tributación.
Por ello, hemos realizado
una consulta vinculante a la dirección general de los tributos, para
que nos aclare, si los importes recibidos de los años mencionados,
han de tributarse en el año en que debieron percibirse, esto es,
2009, 2010, 2011, 2012, con lo cual habría que realizar
declaraciones complementarias de estos ejercicios, (menos de 2012 que
aún no ha vencido), o bien la Ley contempla una excepción a la
norma, y es que si hay sentencia firme, deben de imputarse al
ejercicio en el que se perciben, esto es, 2012.
En cualquiera de los
casos habría un beneficio para la tributación de estos
rendimientos, ya que si hay que individualizar estos rendimientos,
pagaríamos menos. Esto es debido, a que el Impuesto sobre la Renta
de las personas físicas, la cuota a pagar no es proporcional, sino
progresiva, con lo cual imputaríamos sólo el importe
correspondiente a cada uno de los años, haciendo que la cuota a
pagar fuese sensiblemente menor, y, por otro lado si se nos
permitiese acogernos a la imputación en el ejercicio 2012, podríamos
acogernos a la reducción del 40%, por rendimientos del trabajo con
período de generación superior a dos años, en cuyo caso el
beneficio sería bastante mayor.
Entendemos que es
importante, saber la correcta aplicación de La Ley, por lo que en
este tipo de cuestiones, dependemos de lo que pudiese entender la
Administración, y con objeto de sacar el mayor beneficio posible,
dentro de los limites legales, como dijimos antes, hemos realizado
una consulta vinculante a la dirección general de los tributos, con
fecha 22-08-2012, y cuya respuesta será vinculante para la
tributación de los mismos. Este tipo de expedientes puede tener una
duración de seis meses.
En la dirección general
de los tributos, hay consultas vinculantes de temas parecidos al
nuestro, en la cual se ha pronunciado la administración sobre la
forma de tributación. Si queréis consultarlas podéis entrar en la
página web
http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/consulta.htm,
a través de las consultas vinculantes V2000-09, V1395-11, V0939-12,
V0176-09, (la más importante de todas) que reflejan
situaciones parecidas a la nuestra de otras empresas y trabajadores,
en los que la Dirección General de los Tributos, refleja lo que va a
aplicar la Agencia Tributaria, y además, reiteramos, es vinculante.
Hemos querido explicar
claramente el tema en esta información. Es difícil, explicar toda
la complejidad del proceso, en un escueto comunicado, y toda esta
información generará con toda seguridad, algunas dudas. No
obstante, si necesitas más información o aclarar cuantas dudas
tengas, acude a cualquier miembro de la sección sindical que
estaremos encantados de poder atenderos.
Fd: Sección Sindical UGT
Acerinox Europa, S.A.U.
jueves, 21 de junio de 2012
Votaciones I Convenio Acerinox Europa SAU
RESULTADOS DE LA VOTACION CELEBRADA HOY DIA 21 DE JUNIO EN EL COMEDOR DE FABRICA:
VOTOS SI AL CONVENIO 548
VOTOS NO AL CONVENIO 305
VOTOS EN BLANCO 22
TOTAL DE VOTOS 875
VOTOS SI AL CONVENIO 548
VOTOS NO AL CONVENIO 305
VOTOS EN BLANCO 22
TOTAL DE VOTOS 875
viernes, 15 de junio de 2012
I CONVENIO ACERINOX EUROPA
CON TODA CLARIDAD
Este I Convenio Colectivo Acerinox
Europa, S.A., ha comenzado con dificultades propias y ajenas, propias en cuanto
a negociar un Convenio Colectivo con pérdidas durante el año anterior, y
ajenas, en cuanto a negociar un Convenio con Reformas Laborales que nos dejan
poco margen de negociación, no obstante, queremos explicar lo que supone la
propuesta final que ha traído la empresa. Este Comité de Empresa, durante las
17 reuniones que ha durado el Convenio, ha peleado en la mesa de negociación
con todas sus fuerzas, para mejorar las condiciones salariales actuales de
nuestro Convenio Colectivo. Al final de las negociaciones, con las diferentes
reformas laborales, cambios constantes en nuestra legislación actual, posible
fecha de caducidad de la negociación del Convenio que quedaría inaplicado, lo
que ha hecho que lo traigamos a una asamblea, en la que todos seamos
conocedores de lo que supone la firma del nuevo Convenio, y podamos tomar la decisión
más acertada.
Artículo
6. Revisión Salarial: La empresa, con esta nueva fórmula hace que se
modifique la fórmula de toda la vida, de aplicar una revisión sobre el IPC resultante
al final de cada año. Todo ello acogiéndose a la Reforma Laboral que vincula los
salarios a la productividad y beneficios de las empresas. Con esta nueva
fórmula de revisión salarial, aplica un 0,5% el primer año, pero solamente, si
los resultados son positivos, o cero. Esto supone, que si el IPC es mayor nos
perjudicamos, y si el IPC es menor nos beneficiamos. Esto, en parte, se
paliaría con una paga extra adicional, pero solo en caso de que la empresa
tuviese beneficios, a razón de un 2,5% por cada 120 millones o fracción del
mismo. Aún así, la UGT ,
ha asumido esta pérdida, tanto económica como de derechos consolidados, en aras
de una apuesta por la continuidad de Acerinox. No obstante, y así se lo hemos
trasladado a la empresa, nuestra masa salarial no va a suponer la continuidad
de la misma, ya que supone aproximadamente un 8% sobre el coste total de la
cuenta de resultados. Sin embargo, como hemos dicho antes, hemos hecho un
ejercicio de responsabilidad, y hemos asumido la necesidad de asumir esta
revisión salarial en la época actual de crisis que estamos padeciendo.
Artículo
18. Seguro de accidentes y seguro de vida. Se pondera el capital medio asegurado, quedando en 29500 euros para
todos los niveles.
Artículo
22. Préstamos. La cantidad máxima a
percibir de una sola vez, será de 1500 euros.
Artículo
26. Jornada de trabajo y turnos. Cambio
de régimen de jornada de cinco a cuatro turnos y viceversa, según como se
indica:
a)
Paso de cuatro a cinco turnos con preaviso de 15 días.
b)
Paso de cinco a cuatro turnos con preaviso de un mes.
c)
Permanencia mínima en el turno de que se trate de dos meses.
d)
El cambio se tendrá que hacer a primeros de mes en acería, con un desfase de
dos días en laminación en caliente.
e)
Las vacaciones serán programadas igual que las del quinto turno: 6 días.
f)
El excedente de personal no tendrá pérdidas económicas, su jornada será de 4 ó
5 turnos y permanecerán en sus departamentos. En caso de ser cambiados de
departamentos, volverán al de origen cuando se produzca un nuevo cambio.
Artículo
33. Antigüedad: Caballo de
batalla de esta negociación. La empresa, ha dicho por activa y por pasiva que
ha de eliminarse. Para ello ha ofertado un 3% más en la prima de producción.
Actualmente, la media del año 2011 está en 631 euros, por lo que ese incremento
medio, estaría sobre 18,93 euros al mes multiplicado por el factor de
responsabilidad que corresponda a cada trabajador. Adelantar a los jóvenes el
cobro de la prima de producción a partir de los 6 meses el 100%, el Art. 50 que finalizaba en el XVII
Convenio, se le da continuidad en este I Convenio Acerinox Europa y pasa de “a
los 7 años, oficial 2ª”, “a los 4 años oficial 2ª, sin examen” promocionándose
a los trabajadores a mes vencido. Todo esto a cambio, de congelar la antigüedad
a los que ya están cobrando algunos de los períodos, o al que lo tiene
completo, y no generar antigüedad las nuevas contrataciones. Hay que tener en cuenta, que lo que se
congela, no estaría afectado por la revisión salarial, o sea, que la que se
tiene, es lo que se cobraría desde el momento que se firme el Convenio hasta el
final de la vida laboral de cada persona. Al principio, todos vamos a
incrementar los 18,93 euros por el factor “R” que hemos mencionado
anteriormente, ya que además de tener nuestra antigüedad, nos aporta
mensualmente esa cantidad, también, al personal de nueva incorporación, que no
tienen ningún importe por antigüedad, sumaría la cantidad mencionada, el cobro
de la prima de producción y el ascenso a los 4 años que supone una cantidad
importante. Con esta nueva fórmula de abono, se gana más al principio,
aproximadamente, entre 6 años para un colectivo y 10 para otros, sin embargo, a
partir de esos años con la fórmula de la antigüedad, se generaban más ingresos.
No obstante, hay que decir que dependiendo de la situación que tengamos en el
próximo convenio, la UGT
luchará por mejorar como siempre hemos hecho, a aquellos colectivos más
desfavorecidos.
Artículo
49. Jubilaciones parciales.- Continuar con el sistema de jubilaciones
parciales mediante el contrato a tiempo parcial con contratos de relevos,
durante la vigencia de este convenio, en las condiciones legales vigentes.
Artículo
50. Promoción operadores auxiliares y asimilados.- Se mantiene dicho
artículo, con una variación con respecto al anterior convenio, se acorta el
periodo para ascender de 7 años a 4 años, se hará al mes siguiente de cumplir
el trabajador los cuatro años de antigüedad en la empresa, y se elimina el
examen para ascender, quedando supeditado únicamente al absentismo individual.
Todo ello para los operadores auxiliares y de movimiento de materiales, que
pasarían al nivel 4. Se amplía a los siguientes colectivos:
·
AUX.
LABORATORIO, AYDT. ADMON., OP. SERV. PREVENCIÓN, AYDT. DELINEACIÓN, PEÓN
ALMACEN y TRABAJOS AUX. de ADMON., que pasarían del nivel mínimo de su puesto
de trabajo al nivel medio.
Artículo
38.- Prima de producción.- Se mantiene la fórmula actual, con la salvedad
que los trabajadores de nueva incorporación pasarán a cobrar el 100%, a partir
del séptimo mes en la empresa.
Artículo
44.- Paga de beneficios. Se
establece que las trabajadoras en situación de baja por I.T. por embarazo y los
trabajadores de baja por accidente laboral con hospitalización, tendrán
garantizado el abono del 100%.
En resumen, durante los 3 años de
vigencia de este futuro convenio, se incrementaría el 3% mencionado en la prima
de producción, Art. 50 para los operadores auxiliares, operadores de movimiento
de materiales, y el resto de niveles entre el 1 y el 3, verían aumentado su
nivel en uno más sobre el nivel mínimo, que en el mayor número de casos, sería
al 4, por la VPT
habrá 73 trabajadores ascendidos, Jubilaciones Parciales, paso de 5 a 4 turnos y viceversa
manteniéndose los 6 días de vacaciones. La programación de estas vacaciones ha
dicho la empresa que fluirá y que no
debe de tener problemas, revisión salarial vinculada, exclusivamente a
beneficios, se mejora el absentismo de la paga de beneficio, se firma una
cláusula de no aplicación arbitraria de los artículos firmados en convenio,
teniendo que ser consensuado con el comité, todo ello a cambio de la antigüedad.
La Sección Sindical
de UGT, evaluando la situación actual en el contexto en el que nos encontramos
con una Reforma Laboral regresiva para los trabajadores, no nos ha permitido conseguir
todos los objetivos que teníamos planteado, apostando al final por el
mantenimiento de los puestos de trabajo y su futuro.
SECCIÓN SINDICAL UGT-ACERINOX EUROPA
martes, 12 de junio de 2012
16ª Reunion I Convenio Colectivo Acerinox Europa
UGT-ACERINOX EUROPA INFORMA
16ª REUNIÓN I CONVENIO ACERINOX EUROPA
En el día de hoy hemos mantenido la decimosexta reunión del I convenio colectivo Acerinox Europa.
Comité: Solicitar la presente reunión ha sido un compromiso adquirido con la alta dirección en la reunión mantenido en días pasados, con objeto de desbloquear el convenio. El Presidente, Sr. Velázquez, nos dijo que nos separaba un 0,4 %, que lo que estaba encima de la mesa, (3% de la prima, artículo 50, y anticipar el 100% de la prima para los eventuales, etc, a cambio de la congelación de la antigüedad) es un 0,6% de la masa salarial y, que puesto que la antigüedad supone un 1% de la masa salarial, faltaba un 0,4% por dar y eso era lo que nos separaba.
Empresa: No, el 0,4 % ya está encima de la mesa. Lo único que hay que hacer es distribuirlo. En la última reunión, ya trajimos ese 0,4%, que era la anticipación de la prima de producción para los eventuales, añadir algunos puestos de la VPT, y anticipar el artículo 50 de 7 años, a cinco, o lo que viésemos. Ese era el 0,4 %, pero como no se entró en negociación no se quedó claro. Todo ello, a cambio, de la congelación de la antigüedad, que significa un 1% de la masa salarial, estamos a dar ese 1% en esos conceptos. La prima supone un 20% de la masa salarial, por lo que el aumento del 3% en la misma, supone un 0,6% de la masa salarial. El otro 0,4% está en la VPT, artículo 50 y anticipo de la prima a los eventuales.
Acabamos de venir del Consejo de Administración, y las comparativas con las otras fábricas no nos benefician. Mano de obra, jornada, horarios, consumos energéticos, en todos estos conceptos salimos perdiendo, sobre todo con NASS, somos los peores.
Comité: Si no fuese por nosotros ni siquiera estarían ahí, y la fábrica nuestra estaría al 100% de producción, ya que estaríamos vendiendo en su mercado.
Comité: No entendemos porque decís que la antigüedad supone el 1% de la masa salarial. Con los datos que habéis dado, que la antigüedad media actualmente está en un 17%, lo cual quiere decir que para un nivel medio de salario base de mil y pico de euros, supone una masa salarial de unos 5.800.000 euros y el 1% es 1.000.000 de euros. Bien es verdad, que este dato sale de una media aritmética, no es una media ponderada, porque ese dato no lo habéis dado, pero aproximadamente, habría que moverse entre un 5,8% y un 7%, pero nunca en el 1%.
Empresa: Es que la antigüedad es muy difícil valorarla, ya que es muy dinámica. Un año puede representar un 0,2% y otro un 0,36%, dependiendo las personas que vayan consolidando períodos y personas que vayan saliendo de la empresa.
Comité: Entonces, no es que represente el 1% de la masa salarial, sino, que aproximadamente, cada año, el incremento de antigüedad supone ese 1% del que habláis.
A partir de este momento se establece un debate cruzado entre comisión económica y comisión social, en la que se van aportando ideas sobre si cinco años para el artículo 50 o cuatro, anticipar la prima al año para personal de nueva incorporación o seis meses, así como, la forma de congelación de la antigüedad, que se cobre ahora el que disponga de una porción, que consolide hasta el final, el cobro del 3% de la prima de producción, etc., etc., etc.
Al final la situación queda como sigue:
Antigüedad: En el momento de la firma del convenio, la antigüedad queda congelada. Por ello, aquel que haya consolidado un número de días desde el anterior período de congelación hasta el día de la firma, tendrá una porción, que se pagará, en el momento de que consolidase el período siguiente.
Ejemplo. El convenio se firma el 31 de agosto de 2012. Una persona adquirió cuatro trienios el día 31 de agosto de 2010, por lo que en el momento de la firma del convenio tendrá acumulado dos años del siguiente período, (1 cuatrienio). Por ello, el 31 de agosto de 2014, que hubiese consolidado el mencionado cuatrienio, añadiría el 2% a la antigüedad que ahora mismo tiene. (ya que como en el momento de la firma del convenio tiene dos años acumulados, se pagaría esos dos años, pero cuando acabe de consolidar el período).
VPT. Se ha añadido algún puesto de trabajo más, a los ya mencionados. Así mismo, se ha tenido en cuenta, otros puestos como taller de cilindros y operador de movimiento de materiales de plates, que no va a entrar en la VPT, pero si se va a ascender al personal que actualmente ocupa esos puestos, en el momento de la firma del convenio. En el momento de la firma del convenio, se haría el 50% de estos puestos de trabajo y el otro 50% en enero de 2013.
Artículo 50.- Cuatro años. Se suprime el examen, y se ascenderá al personal, en el momento en que se cumplan esos cuatro años. No obstante, si queda en el articulado el tema del absentismo.
Prima de producción: 50% durante los primeros 6 meses, y 100% a partir del séptimo, para personal de nueva incorporación. Por supuesto, con el 3% de aumento para todo el personal, como se ha comentado en todas las reuniones.
Revisión salarial.
Primer año: 0,5% con las condiciones mencionadas en anteriores reuniones.
Segundo año:0,6% con las condiciones mencionadas en anteriores reuniones.
Tercer año: 1 % con las condiciones mencionadas en anteriores reuniones.
De todas formas, y aunque en este acta, posiblemente pueda suscitar innumerables dudas para quienes no habéis estado presente, mañana se ha programado una reunión para las 16:00 horas, donde la empresa va a traer por escrito, todos los temas comentados en esta y anteriores reuniones, y que servirá de propuesta final que se trasladará para mayor aclaración.
lunes, 4 de junio de 2012
Grados de Parentescos.
Recordemos, que en nuestro convenio, los permisos por ingreso alcanza
al cónyuge y a todos los marcados como 1º y 2º Grado
Permisos y Licencias Art. 28
UGT ACERINOX EUROPA S.A.U.
INFORMA:
PERMISOS POR INGRESOS DE FAMILIARES. ART. 28
Norma de aplicación desde 03 Enero de 2011
Como habréis observado, se estaba
aplicando los Permisos por Ingresos de algún familiar, desde el primer día de
ingreso. Anteriormente el criterio era diferente y se estaba aplicando desde la
fecha de ingreso, siempre que el familiar estuviera ingresado.
Después de mantener varias
reuniones y convocar a la comisión negociadora del XVII, para que su aplicación
siguiera siendo la misma, hemos llegado al siguiente acuerdo.
- Regla General: Los permisos por ingresos de familiares se disfrutarán desde el día de ingreso.
- Excepciones: Solo se admitirán excepciones debidamente acreditadas mediante los correspondientes documentos en los siguientes casos:
a)
.- Cuando el familiar ingresado vaya a ser operado, se
puede posponer el disfrute del permiso para hacerlo coincidir con la operación.
b)
.- Cuando el trabajador tenga hijos en edad escolar y
su cónyuge trabaje, se puede posponer el disfrute del permiso, siempre que
permanezca ingresado y tiene que acreditar que el cónyuge trabaja.
c)
.- Cuando el trabajador sea hijo único y el familiar ingresado
sea el padre o la madre, se puede posponer el disfrute del permiso, siempre que
el familiar permanezca ingresado.
d)
.-Cuando el familiar
ingresado sea el cónyuge o hijos, se puede posponer el disfrute del
permiso, siempre que el familiar permanezca ingresado, pero no para los
restantes parientes del primer grado ya sea por afinidad o consanguinidad.
e)
Cualquier otro supuesto distinto a estas excepciones
han de ser sometidas al estudio y autorización del Departamento de Personal.
f)
Todas las excepciones han de ser acreditadas mediante
los correspondientes documentos.
Debido a que no se habían
notificado al Comité el criterio de
aplicación del Art, 28 de Permisos por Ingreso, hasta el día 3/01/2011, todos
aquellos trabajadores que disfrutaron de algún día y fue rechazado por Personal
le será reconocido y a partir de este día se regirá por lo descrito
anteriormente.
martes, 22 de mayo de 2012
UGT-ACERINOX EUROPA INFORMA
15ª REUNIÓN I CONVENIO ACERINOX EUROPA
En el día de hoy hemos mantenido la decimoquinta reunión del I convenio colectivo Acerinox Europa.
Comité: La propuesta que trajo la empresa en la anterior reunión, es insuficiente. Está muy lejana sobre la propuesta que dio el Comité de Empresa. La negociación se ha estancado en la antigüedad, ya que todo lo que habéis aportado es a cambio de quitar la antigüedad, y con eso se pierde muchísimo dinero, no solo para el personal de nueva incorporación, sino el que actualmente tiene antigüedad, claro que contra más años de vida laboral le quede más pierden. No se llega a igualar nunca, el 3% de más en la prima de producción, con lo que supone actualmente, la fórmula de la antigüedad. Habrá que buscar otra fórmula que nos valga. Hay convenios, actualmente en España que se están firmando manteniendo la antigüedad.
Empresa: Traíamos la idea de profundizar en los tres puntos que dijimos el otro día. La percepción de la prima al 100% para los de nueva incorporación, rebajar los años de ascenso para los operadores auxiliares y de movimiento de materiales de dar un nivel más del que tienen, y algunos puestos de la VPT. Estamos muy lejanos de llegar a un punto de acuerdo. La empresa, tiene este convenio la intención de hacer desaparecer la antigüedad, y no es a cambio de A=B, sino de dar un poco a cambio de quitarla. Eso sí, en el actual convenio se gana más que con el concepto antigüedad, y la empresa nunca ha pensado a tantos años. Ya veremos lo que ocurrirá en ese tiempo.
Comité: No es justo. No aceptamos la propuesta, porque no vemos que influencias puede tener sobre la actual crisis. Aunque ya hemos dicho que la viabilidad de la empresa no va pasar por la reducción de nuestros salarios, ya que la parte que representa la masa salarial sobre la totalidad de los gastos es muy pequeña, (realmente la viabilidad va a pasar por la entrada de pedidos), hemos dado un paso grande aceptando una nueva fórmula de revisión salarial, que no depende del IPC real, sino de que haya beneficios o no, y eso va a reducir nuestro poder adquisitivo, durante la vigencia del convenio. Aún así, hemos hecho un ejercicio de responsabilidad y hemos aceptado esta forma de revisión. Pero, la antigüedad, no, la antigüedad, no supone una medida anticrisis de ninguna de las maneras. Es más, encima aportáis más dinero durante la vigencia del convenio, si estamos en crisis, ¿Cómo pagáis más? No es entendible. La única explicación que tiene es que a lo largo de los años, no sólo recuperáis lo aportado, sino que además, reducís los salarios una barbaridad para los que continúen en la empresa. Además, es que con esta medida le pegáis un bocado al corazón del convenio, la revisión y la antigüedad. No os conformáis solo con un punto, sino con los dos. Vamos a dejar la antigüedad como está. Ya tenéis la revisión salarial como queréis, pues dejemos la antigüedad para otra ocasión. Además, estos derechos no lo hemos conseguido de golpe, sino a lo largo de muchísimos años y de muchas luchas, pero lo queréis quitar de una sola vez. Es más, incluso el Comité ha estado a la altura de las circunstancias, ya que nuestra propuesta de antigüedad es menor que la actual, o sea, que encima reduce los ingresos futuros. Pero ustedes lo queréis todo.
Empresa: Si, hemos entendido la propuesta que habéis dado de la antigüedad, pero la empresa no lo ve. Quiere quitarla, porque ya no se lleva. No vais a perder dinero en este convenio, que es de lo que se trata. Y, a tantos años vista, ¿quién puede pensar? Esta fórmula de ascensos, simplemente por cumplir años, no la vemos, queremos quitarla. Y, poco a poco, no. Tiene que ser ahora, que estamos en crisis. ¿Quién va a proponer dentro de cuatro años quitar la antigüedad, si la situación ha cambiado y es mejor que la de ahora? Entonces, sería muy difícil. Es, ahora.
Realmente, estamos muy lejos una parte de la otra. Teníamos prevista una reunión el día 29, pero estando así las posturas, no serviría de nada la reunión. Deberíamos dejarlo, sin acritud, y volver a sentarnos cuando cualquiera de las partes tenga una postura de acercamiento, o bien, alguna propuesta distinta, que, al menos, podamos estudiar.
Comité: Pues sí.
jueves, 17 de mayo de 2012
14 Reunion I convenio colectivo Acerinox Europa SAU
UGT-ACERINOX EUROPA INFORMA
14ª REUNIÓN I CONVENIO ACERINOX EUROPA
En el día de hoy hemos mantenido la decimocuarta reunión del I convenio colectivo Acerinox Europa.
Empresa: El jueves pasado falleció el padre del Sr. Velázquez, Consejero-Delegado de la compañía.
Comité: En representación de la plantilla, le transmitimos nuestras condolencias por tan sensible pérdida.
Empresa: Manifestamos nuestras quejas sobre el comunicado emitido por el Comité de Empresa, tras la última reunión mantenida. Nosotros también podríamos recordar falta de lealtad en otras ocasiones por parte del Comité de Empresa.
La empresa no quiere quedarse con la negociación rota. Sabéis que la situación no es buena. Han bajado los pedidos. En Junio menos que en Mayo, y Julio no lo sabemos. Los resultados han sido escasos, etc. Así está la situación, y no sabemos que es lo que va a ocurrir. Estamos en una situación de incertidumbre.
Se ha incorporado personal de la contrata del centro de papel, y las jubilaciones parciales de marzo y abril, ya están hechas. Se va a ir incorporando otras contratas, y se van a ir cumpliendo con el resto de jubilaciones parciales.
Convenio: Sabemos que este convenio es difícil porque perder algunos derechos ya consolidados, no es fácil asumirlo, pero ha de hacerse. Tendréis que aceptarlo, porque es la situación la que manda. Vamos a ofrecer un paquete, porque el convenio es un todo, y tendréis que pensarlo.
- Revisión salarial: Se mantiene lo que se ha dicho a lo largo de las reuniones:
- 0,5% primer año y con la cláusula de la paga extraordinaria en función de si hay beneficios.
-0,6% segundo año y la misma cláusula.
- 1% tercer año y la misma cláusula.
Si queréis firmar en vez de por tres años por cuatro, el cuarto, igual que el tercero, aunque no es significativo, lo pensáis.
-Antigüedad: Subir un 3% en la prima actual es mucho dinero para el que ya está aquí. Con pocas producciones, la prima es muy buena. No hemos corregido la fórmula, hemos mantenido los valores de hace cuatro años, pese a las inversiones que hemos realizado en las líneas de producción para la mejora de calidad y rendimiento, por lo que la prima es muy alta, y no vemos que tengamos que preocuparnos, por quién aún no ha entrado a trabajar en la fábrica.
-Jubilaciones parciales: Como hemos dicho, en 2013 no quedaría nadie, ya que la Ley obliga que, a partir de este año, sea a lo 61 años de edad, no vemos mal mantenerlas durante 2014 y 2015, y si fuese un año mas de convenio, 2016, pese a que las condiciones económicas no serían las mismas, ya que a la empresa le costaría un poco más. Si nos ponemos de acuerdo en todo el convenio, podríamos mantenerlo.
-Prima de producción: Se puede retocar la prima para el personal de nuevo ingreso, de forma que se adelante el cobro del 100% de la misma. Ya veríamos las condiciones.
-Artículo 50. Cuando hicimos la oferta, afectaba a los operadores auxiliares y al personal de movimiento de materiales. Con esta oferta, se ampliaría a todo el colectivo afectado por el convenio. Incluso, aunque dijimos cuatro años a partir de se fijo de plantilla, que son otros tres, o sea siete, veríamos la posibilidad de acortar este plazo, y que fuesen por ejemplo, cinco. Pero lo de cinco, no es una oferta definitiva, es un ejemplo.
Eso sí, habría que retocar lo del artículo en el que dice que los trabajadores serían fijos de plantilla a los tres años de antigüedad en la fábrica, ya que se modificaría los que tengan contratos de relevo, porque la Ley sobre jubilaciones parciales, habla de contratos eventuales, que pueden durar cuatro años, hasta que el relevado cumpla los sesenta y cinco años de edad, y para este colectivo, sería a partir de los cuatro años.
-VPT.- Se mantienen los puestos de trabajo que dimos en la VPT.
Comité: ¿Podríais decirnos en cuanto tiempo habéis pensado que los de nueva incorporación cobren el 100%?
Empresa: No queremos decirlo, porque si no os parece bien, ir por ese camino, para que vamos a decir lo que pensamos.
Comité: Pues difícilmente va a poder valorarse económicamente la propuesta, si no conocemos los datos.
Empresa: Bueno, sin que sea definitivo, podríamos pensar en, a partir del año.
Comité: ¿Habéis retirado ya, aquella propuesta de subir al nivel n+1?
Empresa: Sí. Esta es la propuesta que forma parte de un todo. No obstante, hay algunos puestos de la VPT, que habéis insistido en que se revisen, y sólo esos dos o tres, podrían volver a valorarse. Para ello, tendríamos que sentarnos a hablarlo tranquilamente. También, habría que acordar, si os parece bien, como se pondría la VPT en marcha, ya que sería a lo largo del convenio, para no cargar todo en la masa salarial del mismo año. Habría que verlo.
Comité: Realizaremos un estudio de la propuesta, y volveremos a reunirnos.
Empresa: El martes 22, y también fijamos desde ya, martes 29, debido a que por problemas de trabajo, la próxima semana no vamos a estar toda la Comisión Económica al completo, pero haríamos reuniones de trabajo, y vernos el día mencionado con el trabajo realizado, si es posible.
martes, 8 de mayo de 2012
13ª Reunión Convenio Colectivo Acerinox Europa SAU
UGT-ACERINOX EUROPA INFORMA
13ª REUNIÓN I CONVENIO ACERINOX EUROPA
En el día de hoy hemos mantenido la décimotercera reunión del I convenio colectivo Acerinox Europa.
Empresa: Con respecto a la revisión salarial, la propuesta es la siguiente:
- Primer año 0,5%
- Segundo año 0,6%
- Tercer año 1%
Todo ello con las condiciones que hemos explicado en las anteriores reuniones.
Si hubiese un cuarto año 1%. Es imposible el 1,5% que ustedes pedís.
Tampoco es muy importante, que sean tres como que sean cuatro. Todo ello con revisión desde el 01-01-2012.
Estamos haciendo un esfuerzo enorme. No estamos reduciendo plantilla, ni horas ni nada. Esto en tiempo de crisis no es normal.
-Antigüedad. Hemos dicho que queremos erradicarla. No la tiene nadie. Hemos llevado un 3% a la prima y eso es una barbaridad. La prima ha subido en lo que va de año un 17%. Sin embargo, los beneficios que hemos tenido ha sido de 1,9 millones de euros. Además, en la prima no hemos tocado los parámetros de la fórmula, que en todos los convenios se ha variado. No es normal, con la crisis que estamos pasando dar 880 euros de prima de producción. Lo que habéis ofertado es más que la fórmula actual de la antigüedad. Y la empresa dice que no.
Por tanto, la revisión que hemos hablado, el 3% de la prima a cambio de la congelación de la antigüedad, y el artículo 50. Esto es todo el convenio.
Comité: ¿Ahora, venís con eso? Desde principio el comité ha dicho que la antigüedad ni se toca. Siempre hemos dicho que teníamos que buscar una alternativa que igualase la actual fórmula de la antigüedad. Además, esto es una propuesta de ustedes, de querer quitarnos ese dinero. No es una plataforma del comité. Y, otra cosa, la fórmula ofertada, no es más que la actual. En los primeros años, sí que da una ligera cantidad mayor que con la fórmula actual, pero, al cabo de entre 10 y 13 años, tanto los que entran nuevo como los que tienen alguna antigüedad, actualmente, empiezan a perder lo que han acumulado de más. Y, continuando, con la fórmula, cuando se cumplan los 28 años, (que ahora está en 25), la nueva formula supone un 20% menos que la actual. Y, aunque es un retroceso, así lo hemos entendido en tiempos de crisis. Esto, os lo podemos demostrar, porque tenemos los datos calculados y no solo los datos, sino también gráficamente. No podéis venir ahora diciendo que os sorprendéis con la propuesta.
Empresa: No. Es cuestión de conceptos, no de datos. Queremos erradicar la antigüedad. Ya no se lleva. Además, hemos dado el artículo 50 y hemos modificado algunos puestos de trabajo con la VPT. Además, los ascensos que dábamos a los que estaban desde el nivel 1 al 6, en el nivel mínimo, que pasasen al nivel siguiente, también lo quitamos.
Comité: Esto es ruin. Llevamos dos meses de negociaciones, y ahora, además, retiráis todas las propuestas que nos acercaban. Esto no hace más que alejarnos. Visto lo visto, no tenemos nada de que hablar. No dejáis margen de maniobra.
Empresa: Nosotros, también nos sorprendimos con vuestra propuesta de antigüedad. Creíamos que estabais de acuerdo en quitar la antigüedad, pero compensarla a cambio de una pequeña parte, no de que lo que se quita ha de ser igual a lo que demos. Además, habéis pedido lo mismo + dos.
Comité: No sabemos de donde habéis sacado esas conclusiones. En todas las reuniones hemos dicho que X=X, sin embargo, volvéis a decir que hemos pedido +2 y os lo podemos demostrar, que la propuesta es inferior en aproximadamente un 20%.
Os pedimos que recojáis en el acta, por escrito, la propuesta que acabáis de dar, así como que se rompen las negociaciones.
Esto no es noble. Queréis sacar provecho de la situación, y, si queréis lo vais a tener que imponer. No vamos a estar de acuerdo en ese convenio.
Empresa: Sí, ahora mismo estamos tan alejados, que las negociaciones quedarían en suspenso.
FIN DE LA REUNIÓN.
Tras la reunión, el Comité de Empresa hemos tenido un breve intercambio de opiniones, en la que se ha decidido, que como no es posible defender esa propuesta por parte de la representación social, no se va a llevar a una asamblea. Así mismo, veremos las posibles salidas que se barajaran en el grupo, para conseguir una salida al conflicto.
jueves, 3 de mayo de 2012
12 Reunión I Convenio Colectivo Acerinox ·Europa SAU
UGT-ACERINOX EUROPA INFORMA
12ª REUNIÓN I CONVENIO ACERINOX EUROPA
En el día de hoy hemos mantenido la
duodécima reunión del I convenio colectivo Acerinox Europa.
Comité: La empresa entregó una propuesta,
que está pendiente de contestación. Queremos volver a recordar, que se trataba
de:
- Primer año 0,5% a tablas + paga extra en
función de los beneficios.
- Segundo año 0,6% a tablas + paga extra en
función de los beneficios.
- Tercer año, 0,6% a tablas + paga extra en
función de los beneficios.
Esta propuesta sería mejorada con un 1% a
tablas el tercer y cuarto año, siempre que la vigencia, fuese de cuatro años.
Empresa: Correcto.
Comité: Por otro lado, está pendiente
resolver el tema de la antigüedad. Hemos estudiado vuestra propuesta, y aunque
es corta, la valoraríamos si fuese 0,5% primer año, 1% segundo año, 1% tercer año
y 1,5% cuarto año.
Empresa: Esto es más de lo
que se ha llegado al acuerdo nacional con la CEOE.
Comité: Bueno, el acuerdo es una recomendación.
Además, en el acuerdo se recoge, que con ciertas condiciones, todo iría a
tablas, y aquí, solamente los valores recogidos. Por tanto, esto es una
negociación y no tenemos que estar atados, a nada ni a nadie. Es nuestro
convenio y tenemos que negociar nuestras condiciones.
Empresa: Todo lo que hablemos
y comentemos está bien, pero lo tendríamos que consultar. Pero hay cosas que se
ven que es difícil defenderlas.
Comité: Antes de dar una valoración, tendréis
que escuchar el resto de nuestras pretensiones.
En el caso de la antigüedad, esto, no es una
reivindicación nuestra, es de ustedes. Pero, haciendo un esfuerzo, porque
sabemos que es uno de los escollos principales de este convenio, y atendiendo a
vuestros comentarios de que no queréis dar el dinero, porque sí, simplemente
por ir cumpliendo años, así como la congelación de la misma, hemos realizado un
estudio de cómo solventar el problema, y creemos que puede ser positivo.
Sería
mantener el 3% en la prima de producción, a cambio de la congelación de la
antigüedad. Así mismo, proponemos un 1% de incremento sobre el salario base,
cada año para cada trabajador, hasta que se alcance el 28% sobre el salario
base, siempre que no se supere un índice de absentismo individual, (el que
acordemos), pero que, si se supera ese año, no sumaría ese 1% ese año. Al
siguiente, si no se superase el absentismo pactado volvería a sumar un 1% más,
así hasta conseguir el 28%.
Empresa: Esto es lo mismo que
antes. Al final todo el mundo llega al 28% de antigüedad, y la empresa lo que
pretende es congelar la actual antigüedad, al que la tenga, y cambiar algo de
dinero, por esa congelación, pero en ningún caso hemos pensado en llegar a
tantos años. Sería dar un poco de dinero, que beneficiase algo durante menos años.
Comité: Como hemos dicho antes, esto es una
pretensión vuestra. Queréis quitarnos el dinero y eso es innegociable. Esa
medida, no supone una solución a la actual crisis, sino que os supone un
beneficio a largo plazo. Estáis diciendo, que como podemos pensar a tantos años,
si no sabemos con las circunstancias actuales como vamos a terminar. Pues, por
el mismo razonamiento, ese incremento del 1% se va a mantener por el tiempo que
se firme el convenio. Si posteriormente, las cosas no fuesen bien, habrá que
negociar un nuevo convenio, y entonces se podrían valorar las nuevas
circunstancias. Porque, ¿y si las cosas fuesen a mejor? ¿Vamos a perder todos
esos derechos, y la empresa teniendo grandes beneficios?. No habéis valorado
bien la propuesta. La propuesta, supone, en principio, alargar la antigüedad,
en el mejor de los casos tres años, siempre que una persona no tenga absentismo
ningún año. Además, si tuviese absentismo, (el que pactemos), se iría
retrasando un año más, por cada año de absentismo que tenga. Atendiendo, a
vuestros comentarios, y no entrando siquiera a valorar, que alguna persona que
tenga absentismo, no es porque quiere, sino, o bien, porque está enfermo o
porque tenga un accidente, situación que no provoca de ninguna de las maneras
el trabajador, en el que decís de que no queréis dar dinero porque sí,
simplemente por cumplir años en la empresa, y que tampoco queréis quitar
dinero, es la razón de esta propuesta. Además, no es lo mismo, porque estamos
hablando del 1% del salario base por año, por doce meses, cuando la antigüedad
actual, afecta a las pagas extras, o sea, dieciséis. Esto es, aproximadamente
el 75% del valor actual.
Empresa: Esto es una trampa.
Es lo mismo que antes. Además, ¿también para el que entre de nuevo? Esa
persona, ahora mismo, ni siquiera está aquí, y encima mantenéis el 3% en la
prima de producción, cuando de la prima deberíamos de hablar, ya que como siga
con esta tendencia, va a suponer un problema para la empresa. ¿Habéis visto la
prima que ha salido? Y, encima con la producción que hemos tenido. El día que
estemos a tope de producción, no sabemos como vamos a pagar. Es una barbaridad.
En la prima, interviene el factor humano (muy importante), las inversiones que
realiza la empresa para la mejora productiva y de calidad, y la toma de
decisiones de los mandos. Todo lo estamos volcando al factor humano, sin
embargo, la empresa no recupera las inversiones que realiza en la tecnología,
por la cual se mejoran los parámetros de calidad y rendimiento, con el mismo
esfuerzo humano que antes. No es lógico.
Comité: Esos que aún no han entrado son los
más afectados de todos. Dentro de unos años, estarán con unos salarios bajísimos,
comparándolos con los actuales de ahora. Es un motivo muy importante para
ocuparse de ellos. Y no hagáis demagogia, el 3% en la prima, es a cambio de la
congelación de la antigüedad. Con nuestra propuesta, que se llega a través de
la vuestra, cuando se llegue al tope, no estaría afectado por los valores de
revisión salarial.
Empresa: Tendríamos que
estudiar y valorar esa propuesta, pero vamos habría que hacer desaparecer el 3%
de la prima y que no afectase a los nuevos.
Comité: No. No hagáis ningún estudio. Sin
esos parámetros, no veríamos positivo el tema de la antigüedad.
Empresa: Bueno, estudiaremos
económicamente lo propuesto y daremos una respuesta, pero al menos, lo del
personal de nueva incorporación, no lo vemos.
Comité: Por otro lado, tenemos pendiente el
tema de las jubilaciones parciales, que quedó en el aire, y nos gustaría saber
que habéis pensado, tanto a las del año 2012, como a los siguientes años de
convenio.
Empresa: Se está rematando
las últimas jubilaciones, con el personal de la bolsa. Se está haciendo, sin
dilación. En breve, como sabéis se ha absorbido a la contrata, y se van a ir
haciendo las del personal que ha cumplido en los meses de marzo, abril, e
incluso mayo. Y, tenemos previsto, seguir, haciéndolo hasta final de año.
Comité: ¿Y, los años 2013, 2014, y supuesto
2015?
Empresa: En el 2013, no habrá
nadie, porque no habrá nadie que tenga 61 años, que es la edad que hay que
tener el próximo año para acceder a la jubilación parcial. En los años
sucesivos, lo que está en la Ley.
Comité: Bueno, pero habrá que recogerlo en
convenio, sobre todo, porque cuando cambiaron la Ley, pudimos mantenerla hasta
el año 2012, por tenerla en convenio. Si hubiese alguna modificación de la
misma, tendremos que tenerla por si pudiese valernos.
Empresa: Es que la Ley para
esos años ha cambiado, ya no es 85%-15% sino 75%-25%, además de que hay que
pagar el 30% de las cotizaciones sociales, y con un incremento de 5% cada año.
No hemos realizado el estudio económico. Tendremos que verlo.
Comité: Es cierto, lo que decís, pero también
es verdad, que el trabajador no pasa a ser indefinido como ahora, sino que,
cuando se jubile el jubilado parcial, puede terminar el contrato el trabajador
eventual. A decisión de la empresa.
Empresa: Cierto. Como hemos
dicho, lo valoraremos y lo traeremos en la próxima reunión. Además, tenemos que
introducir dos cosas para redactar en el nuevo convenio. Una de ellas es que
tenemos que recoger que la empresa se acoge al Plan de buenas costumbres, que
tenemos redactado, y la otra, que deberíamos hacer desaparecer el artículo de
la agrupación de empresa, ya que no se trata de no aportar dinero, que lo
hacemos, sino que como no todos los trabajadores afectados por el convenio están
en la agrupación de empresa, pues sería una negociación que tendríamos con la
Junta Directiva. De hecho, no está en convenio, y la empresa aporta dinero para
el campamento de verano. Estudiarlo.
Termina la reunión, con el
compromiso de ambas partes de estudiar las propuestas mencionadas por uno y
otro bando. Fijando la próxima reunión para el próximo martes 8 de mayo a la
15:30.
miércoles, 2 de mayo de 2012
Prima de Producción
MCA UGT ACERINOX EUROPA INFORMA:
En el día de hoy, tras haber
revisado nuestra última nómina, hemos detectado que todos los trabajadores que
secundaron el día de huelga, han visto disminuida en parte proporcional, a un
día, la percepción del concepto Prima de Producción.
Al
no estar conforme con este criterio, y pensando que se debía a un error
administrativo, hemos trasladado nuestras quejas a la oficina de personal.
Por
tanto, para tranquilidad de los afectados, comunicamos que la parte descontada
será abonada en la próxima nómina.
Palmones, a 02 de abril de 2012
S. Sindical U.G.T. Acerinox
jueves, 26 de abril de 2012
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